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ANEXO II. Condiciones Generales

 

 

 GENERAL

UNICONTROL INGENIERIA DE CALIDAD Y ARQUITECTURA APLICADA, S.L. (en adelante CERQUO EDIFICACIÓN), con domicilio social en Paseo del Cementerio nave 2, polígono 30-A, y N.I.F. B-45740818, es una sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real, Tomo 581, Libro 0, Folio 24, Hoja CR-23629, Inscripción 2ª. Que presta sus servicios a aquellas personas físicas, jurídicas, Administraciones y/u Organismos Públicos o Privados, que se lo soliciten (en adelante, CLIENTE).

Excepto, pacto expreso por escrito en contra, todos los acuerdos, pactos y/o contratos entre CERQUO EDIFICACIÓN y el CLIENTE, se regirán por estas Condiciones Generales (en adelante, CONDICIONES GENERALES).

 

PRESTACION DE SERVICIOS

CERQUO EDIFICACIÓN, presta sus servicios de conformidad con los términos detallados en sus ofertas, hojas de pedido, usos comerciales, prácticas de aplicación, instrucciones específicas del cliente, y aquellos métodos aplicables al sector, decidiendo siempre la metodología.

Todo el personal de CERQUO EDIFICACIÓN, está obligado de manera formal a guardar el debido secreto sobre cualquier tipo de información obtenida en el desempeño de sus tareas laborales, en especial datos personales.

La aceptación de un pedido a CERQUO EDIFICACIÓN, implica la aceptación de estas CONDICIONES GENERALES.

El SOLICITANTE, declara tener autorización expresa del CLIENTE de la instalación para gestionar la contratación de los servicios contratados.

El CLIENTE/ SOLICITANTE declara tener autorización para acceder y/o entrar en las instalaciones, objeto de los trabajos contratados.

Todos aquellos acuerdos complementarios, promesas y/o declaraciones realizadas por empleados, solo serán vinculantes si se confirman expresamente por representantes de CERQUO EDIFICACIÓN, debidamente apoderados.

CERQUO EDIFICACIÓN, no será responsable de los daños que se puedan producir en los trabajos a realizar cuando se haga un uso correcto de medios y estos mismos daños no sean imputables directamente a CERQUO EDIFICACIÓN.

El plazo de ejecución de los trabajos, será el establecido o bien en la realización de los trabajos a contratar o consensuados con el cliente.

Si durante la realización de trabajo, se modificaran las condiciones pactadas del mismo o surgieran nuevos trabajos o ensayos a realizar, CERQUO EDIFICACIÓN, se reserva el derecho de suspender la realización de los mismos, hasta la aceptación correcta por parte del CLIENTE

Es necesaria en la contratación de los trabajos a realizar, la aceptación detallada del mismo, incluyendo persona que acepta el trabajo, cargo en la empresa, firma, sello del CLIENTE, y forma de pago.

Los resultados detallados en los informes emitidos, derivan de las pruebas y/o ensayos realizados y de la evaluación de CERQUO EDIFICACIÓN.

En el caso de muestras aportadas para su ensayo por el CLIENTE, los informes emitidos por CERQUO EDIFICACIÓN, contendrán los datos sobre dichas muestras, nunca sobre la totalidad de un lote, reflejando los hechos conforme se observan en el momento del ensayo, no estando obligado a informar de hechos distintos a los específicamente concretados.

CERQUO EDIFICACIÓN, podrá delegar o subcontratar la ejecución total o parcial de los trabajos, autorizando el CLIENTE la transmisión de datos, y sin necesidad de notificar tal circunstancia al cliente.

El plazo máximo de conservación de las muestras aportadas por el cliente para su ensayo, será de un mes (15 días), desde la fecha de emisión del Informe/Certificado correspondiente, quedando fuera otros tipos de materiales, con Procedimiento regulado. Una vez cumplido dicho plazo, CERQUO EDIFICACIÓN, procederá a la destrucción de la/s misma/s, siendo por cuenta del cliente todos los gastos necesarios, en caso de solicitar su devolución.

En caso de ser necesaria la asistencia de técnico o laborante a procesos judiciales, a requerimiento del CLIENTE, se facturará dicha asistencia en condiciones aparte, estando dicha valoración sujeta a criterios de CERQUO EDIFICACIÓN.

 

OBLIGACIONES DEL CLIENTE

Con una antelación de 48 horas, aportar todos aquellos documentos necesarios para la realización de los trabajos contratados, facilitar el acceso a instalaciones, determinar, si es necesario la persona/s a acompañar, adoptar todas aquellas medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad de las mismas e informar de todas aquellas situaciones de riesgo, incluyendo los medios materiales necesarios.

La antelación mínima para la solicitud de ejecución un trabajo será de 24 horas, fuera de éste plazo mínimo CERQUO EDIFICACIÓN no se compromete a la realización de los mismos.

Los medios auxiliares para la ejecución de los trabajos correrán por cuenta del Cliente, salvo que se hayan contratado en la oferta específica.

 

PRECIO Y PAGO

Los precios aplicados serán los establecidos por CERQUO EDIFICACIÓN en sus Tarifas vigentes en cada momento, y usos comerciales, estando dichos precios sujetos a variaciones por número de cantidades contratadas, horarios de realización y/u campañas puntuales promocionales.

CERQUO EDIFICACIÓN se reserva el derecho de solicitar pagos adelantados sobre los trabajos contratados, cuando las circunstancias para su realización o el importe de los mismos, así lo aconseje.

Serán por cuenta del CLIENTE, todos aquellos impuestos, tasas o tributos aplicables a los trabajos contratados en cuestión, en especial el I.V.A. vigente en cada momento. CERQUO EDIFICACIÓN establece como forma de pago de los trabajos una vez finalizados y facturados, el contado, a la entrega de los Informes correspondientes, estando sujetas formas distintas de pago, a la aceptación por parte tanto del CLIENTE como de CERQUO EDIFICACIÓN y siempre bajo el reconocimiento de que el pago de la factura, deberá realizarse en un plazo máximo de 60 días, siendo de aplicación Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, estando facultado CERQUO EDIFICACIÓN, a interponer todas aquellas acciones que considere de interés, en caso de impago.

Como excepción, en los ensayos de control del  hormigón fresco, CERQUO EDIFICACIÓN facturara los trabajos en la primera rotura de cada serie contratada.

La aceptación de distintas formas de pago, deberá ser de mutuo acuerdo entre CERQUO EDIFICACIÓN y el CLIENTE.

En el caso de que en la realización de un trabajo, surjan desembolsos económicos no previstos e imputables al CLIENTE, CERQUO EDIFICACIÓN, se reserva el derecho de hacer frente a los mismos, cargando dichos gastos en la factura correspondiente a dicho trabajo o informando al CLIENTE, para la asunción de los mismos.

En el caso de no poderse ejecutar los trabajos por causas ajenas a CERQUO EDIFICACIÓN, se podrá reclamar, tanto la totalidad como parte de los servicios contratados, así como el reembolso de los gastos ocasionados.

Si por causas ajenas a CERQUO EDIFICACIÓN se produjeran demoras en la ejecución del trabajo, éstas se facturarán a razón de 25 €/hora. Una vez desplazado nuestro personal a la ubicación objeto del trabajo, si por causas ajenas a nuestra empresa, no fuera posible realizar los trabajos contratados, se procederá a facturar los trabajos derivados del desplazamiento a razón de 25 €/hora y 0,35€/Km de desplazamiento.

Los trabajos ofertados serán realizados de forma continuada y dentro de la jornada laboral. En caso de necesidad de trabajos en otro horario en días laborables, se aplicará recargo de 25% a todos los precios ofertados y para fines de semana o festivos de 40% en cualquier horario.

 

SUSPENSION DE SERVICIOS

En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del CLIENTE, o falta de pago, CERQUO EDIFICACIÓN, podrá suspender la realización de los trabajos en curso, hasta la definitiva subsanación de dichas situaciones.

CERQUO EDIFICACIÓN, se reserva la no entrega de Informes, hasta el pago de los mismos, de manera efectiva.

 

RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACION

CERQUO EDIFICACIÓN, cuenta con una póliza de seguro de hasta 1.000.000 €, por siniestro, cuya cuantía actualiza de manera anual de acuerdo lo dispuesto en el Real Decreto 2200/95.

CERQUO EDIFICACIÓN, no asume responsabilidad por perdidas, ya sean de daño emergente o de lucro cesante o pérdida de negocio futuro, por los resultados de los ensayos o trabajos efectuados.

Queda prohibido el uso del nombre de CERQUO EDIFICACIÓN, para fines publicitarios, sin expresa autorización por parte de la Empresa.

Si cualquiera de las disposiciones aquí escritas se tuviera por nulas o no validas o de imposible cumplimiento, el resto de disposiciones no afectadas serán válidas.

En caso de reclamaciones por parte del CLIENTE, se deberá comunicar por escrito a CERQUO EDIFICACIÓN, en un plazo máximo de 20 días (veinte) detallando de manera clara: descripción del ensayo, resultado, fecha, incidencia, así como cualquier otro dato que resulte de interés, para la correcta identificación de dicha reclamación.

Se estima en un año la prescripción, respecto de las reclamaciones a clientes no consumidores según Código Civil.

 

ESPECIAL

En caso de conflicto jurisdiccional, las partes con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, sometiéndose al domicilio de CERQUO EDIFICACIÓN.

 

PROTECCION DE DATOS

El cliente al contratar los trabajos, acepta poner a disposición de CERQUO EDIFICACIÓN, los datos personales correspondientes, de conformidad con el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).